DR. JOSÉ DANIEL CRESPO.
I.
Lee el documento de los fundamentos, fines y principios de la educación Básica General y Media en Panamá.
II.
Investiga cuáles son los propios de la educación superior.
III.
Compara los fundamentos, fines y principios de los dos primeros niveles con los del tercer nivel.
Fundamentos de la
educación en Panamá
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Básica General y
Media
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Educación Superior
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Legalmente:
o
Constitución
Capítulo V artículos 91, 92, 93 y 96 (Educación).
o
Ley
Orgánica de Educación #47 de 1946
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Legalmente:
o
Constitución Capítulo V, artículos 92,103,
105.
o
Ley Orgánica de Educación #47 de 1946, los
artículos 89 al 92.
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Fines de la
educación en Panamá
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Básica General y
Media
|
Educación Superior
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o Contribuir
al desarrollo integral del individuo con énfasis en la capacidad crítica,
reflexiva y creadora, para tomar decisiones con una clara concepción
filosófica y científica del mundo y de la sociedad, con elevado sentido de
solidaridad humana.
o Coadyuvar
en el fortalecimiento de la conciencia nacional, la soberanía, el
conocimiento y valorización de la historia patria; el fortalecimiento, la
independencia nacional y la autodeterminación de los pueblos.
o Infundir
el conocimiento y la práctica de la democracia como forma de vida y gobierno.
o Favorecer
el desarrollo de actitudes en defensa de las normas de justicia e igualdad de
los individuos, mediante el conocimiento y respeto de los derechos humanos.
o Fomentar
el desarrollo, conocimiento, habilidades, actitudes y hábitos para la
investigación y la innovación científica y tecnológica, como base para el
progreso de la sociedad y el mejoramiento de la calidad de vida.
o Impulsar,
fortalecer y conservar el folclor y las expresiones artísticas de toda la
población, de los grupos étnicos del país y de la cultura regional y universal.
o Fortalecer
y desarrollar la salud física y mental de los panameños a través del deporte
y actividades recreativas de vida sana, como medios para combatir el vicio y
otras prácticas nocivas.
o Incentivar
la conciencia para la conservación de la salud individual y colectiva.
o Fomentar
el hábito del ahorro, así como el desarrollo del cooperativismo y la
solidaridad.
o Fomentar
los conocimientos en materia ambiental con una clara conciencia y actitudes
conservacionistas del ambiente y los recursos naturales de la Nación y del
Mundo.
o Fortalecer
los valores de la familia panameña como base fundamental para el desarrollo
de la sociedad.
o Garantizar
la formación del ser humano para el trabajo productivo y digno en beneficio
individual y social.
o Cultivar
sentimientos y actitudes de apreciación estética en todas las expresiones de
la cultura.
o Contribuir
a la formación, capacitación y perfeccionamiento de la persona como recurso
humano, con la perspectiva de la educación permanente, para que participe
eficazmente en el desarrollo social, el conocimiento político y cultural de
la Nación, y reconozca y analice críticamente los cambios y tendencias del
mundo actual.
o Garantizar
el desarrollo de una conciencia social en favor de la paz, la tolerancia y la
concertación como medios de entendimiento entre los seres humanos, pueblos y
naciones.
o Reafirmar
los valores éticos, morales y religiosos en el marco del respeto y la
tolerancia entre los seres humanos.
o Consolidar
la formación cívica para el ejercicio responsable de los derechos y deberes
ciudadanos, fundamentada en el conocimiento de la historia, los problemas de
la Patria y los más elevados valores nacionales y mundiales.
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o Formar profesionales en los distintos campos de la
investigación y de la actividad humana.
o Lograr la extensión científica, técnica y cultural, así
como servicios profesionales y de asesoría para la satisfacción de las
necesidades de los egresados del Segundo Nivel de Enseñanza o Educación Media
y de la demanda de recursos humanos.
o Difundir los aspectos culturales
y promover la creación de una nueva cultura.
o Fomentar el respeto de los
derechos humanos, el progreso social, el ambiente y el desarrollo
sostenible.
o Fomentar el pensamiento crítico
y el espíritu emprendedor.
o Formar recursos humanos dotados
de conciencia social para el desarrollo del país y en aras del
fortalecimiento de la soberanía nacional
o Fomentar la generación del
conocimiento y su transferencia de manera crítica a la sociedad.
o Fomentar la evaluación de la
calidad en la realización de sus funciones.
o Apoyar y estimular al sector
público y privado en el proceso de actualización e innovación
tecnológica, para contribuir al desarrollo nacional.
o Fomentar los principios de
equidad y de justicia social.
o Inventar nuevos instrumentos
ideológicos y estratégicos que puedan resolver las crisis sociales.
o Proporcionar formación superior en las
distintas áreas de la ciencia, la tecnología, las artes y las humanidades.
o Formar profesionales en
áreas específicas del desempeño humano, a corto y mediano plazo, que les
capacite para ingresar en el sector productivo.
o Articular la Educación
Superior con los diferentes niveles que integran el Sistema Educativo.
o Articular la Educación
Superior con los diferentes sectores del sistema productivo y laboral del
país.
o Ofrecer una respuesta a los
egresados del Segundo Nivel de Enseñanza que se enfrentan a la necesidad de
capacitación rápida para desempeñarse en una actividad productiva.
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Principios de la educación en Panamá
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Básica General y
Media
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Educación Superior
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o La Educación Básica General
proporciona los conocimientos para la formación integral, para aprender a
ser, aprender a hacer, aprender a aprender y aprender a convivir.
o Favorecer que todos los alumnos
de edad escolar alcancen, de acuerdo con sus potencialidades, el pleno
desarrollo de sus capacidades, habilidades y destrezas. Asimismo, que
contribuyan activamente a la defensa, conservación y mejora del ambiente como
elemento determinante de la calidad de vida.
o Garantizar que la población
estudiantil alcance el dominio de los sistemas esenciales de comunicación
oral, escrita y de otros lenguajes simbólicos y gestuales; que sean capaces
de aplicar el razonamiento lógico–matemático en identificación, formulación y
solución de problemas relacionados con la vida cotidiana, adquiriendo las
habilidades necesarias para aprender por sí mismos.
o Promover la auto-formación de
la personalidad del estudiante haciendo énfasis en el equilibrio de la vida
emocional y volitiva; en la conciencia moral y social, en la acción
cooperativa, en la iniciativa creadora, en el trato social, en la comprensión
y participación; en la solución de los problemas y responsabilidades del
proceso dinámico de la sociedad.
o Internalizar y desarrollar
conductas, valores, principios y conocimientos científicos, tecnológicos y
humanísticos que le faciliten la comprensión de las relaciones con el entorno
y la necesidad vital de preservar su salud y la de otros miembros de la
comunidad; el uso racional de los recursos tecnológicos y del medio ambiente
apropiados para la satisfacción de sus necesidades y el mejoramiento de su
calidad de vida.
o Garantizar que el alumnado se
forme en el pensamiento crítico y reflexivo, que desarrolle su creatividad e
imaginación; que posean y fortalezcan otros procesos básicos y complejos del
pensamiento como la habilidad para observar, analizar, sintetizar, comparar,
inferir, investigar, elaborar conclusiones, tomar decisiones y resolver
problemas.
o Propiciar que toda la población
estudiantil internalice los valores, costumbres, tradiciones, creencias y
actitudes esenciales del ser panameño, asentados en el conocimiento de la
historia patria y de nuestra cultura nacional, respetando y valorando la
diversidad cultural.
o Promover que todos los alumnos
y alumnas reconozcan la importancia de la familia como unidad básica de la
sociedad, el respeto a su condición de ser humano y a la de los demás, así
como también el derecho a la vida y la necesidad de desarrollar, fortalecer y
preservar una cultura de paz.
o El cumplimiento de los
propósitos generales se alcanzará en la medida en que los alumnos logren los
siguientes objetivos.
o Incorporar a los estudiantes a
la sociedad en forma crítica y participativa considerando los valores de
nuestra tradición cultural promoviendo su desarrollo.
o Valorar el conocimiento de
nuestra historia, reconociendo la interdependencia de los pueblos y la
necesidad de contribuir a la construcción de una cultura de paz fundamentada
en la tolerancia y el respeto a los derechos humanos y la diversidad cultural
o Tomar conciencia de la
necesidad de establecer un equilibrio respetuoso con el ambiente asumiendo
los comportamientos que corresponden a tal posición.
o Desarrollar las habilidades
intelectuales que les permita decodificar, procesar, reconstruir y transmitir
información en una forma crítica y por diferentes medios aplicando el
pensamiento creativo y la imaginación en la solución de problemas y en la
toma de decisiones que les permitan asimilar los cambios y contribuir al
proceso de transformación social en diversos órdenes.
o Fortalecer el aprendizaje y uso
de las diferentes formas de expresión oral y escrita, con un alto grado de
eficiencia.
o Ampliar el desarrollo del
pensamiento lógico matemático y su utilización en la resolución de problemas
matemáticos en la vida cotidiana, particularmente en sus estudios superiores.
o Valorar la importancia de la
educación, a lo largo de toda la vida, como medio de acceder al conocimiento
y así estar en condiciones de participar en la generación de conocimientos,
en los beneficios del desarrollo científico y tecnológico desde una
perspectiva crítica asumiendo una conducta ética y moral socialmente
aceptable.
o
Valorar
el dominio de los conocimientos científicos y tecnológicos, la experiencia
práctica como elementos básicos que les permiten incorporarse a los estudios
superiores, a la sociedad civil o al sector productivo, adaptándose a
diversas condiciones de trabajo y con suficiente autonomía y responsabilidad
para enfrentar, con éxito, las exigencias de la vida social, personal y
laboral.
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o Formar
profesionales especializados, a través de la investigación, difusión y
profundización de la cultura nacional y universal, para que los egresados
puedan responder a las necesidades del desarrollo integral de la Nación.
o Establecer
los niveles más altos de docencia, alta calidad y de amplia cultura
general, de modo que permitan la formación de profesionales en los distintos
campos de la investigación y de la actividad humana, la extensión científica,
técnica y cultural, así como servicios altamente profesionales y de asesoría.
o La
autonomía universitaria debe verse como la capacidad de las universidades
para preservar y desarrollar una función crítica, trabajando con ética,
transparencia y rigor y científico; analizando constantemente los problemas y
tendencias sociales, culturales, políticas y económicas; ejerciendo de ese
modo una función de avizorar el futuro y aportar alternativas de solución
para el bienestar del país.
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IV.
Presenta por escrito los fundamentos legales, sociológicos, epistemológicos, antropológicos y tecnológicos
Fundamentos legales
Los fundamentos legales de la educación superior en Panamá, se contemplan en:
- La Constitución Política en su capítulo 5, en los artículos 92, 93, 99, 103 y 105.
ARTÍCULO 92. La educación debe atender el desarrollo armónico e integral del educando dentro de la convivencia social, en los aspectos físico, intelectual, moral, estético y cívico y debe procurar su capacitación para el trabajo útil en interés propio y en beneficio colectivo.
ARTÍCULO 93. Se reconoce que es finalidad de la educación panameña fomentar en el estudiante una conciencia nacional basada en el conocimiento de la historia y los problemas de la patria.
ARTÍCULO 99. Sólo se reconocen los títulos académicos y profesionales expedidos por el Estado o autorizados por éste de acuerdo con la Ley. La Universidad Oficial del Estado fiscalizará a las universidades particulares aprobadas oficialmente para garantizar los títulos que expidan y revalidará los de universidades extranjeras en los casos que la Ley establezca.
ARTÍCULO 103. La Universidad Oficial de la República es autónoma. Se le reconoce personería jurídica, patrimonio propio y derecho de administrarlo. Tiene facultad para organizar sus estudios y designar y separar su personal en la forma que determine la Ley. Incluirá en sus actividades el estudio de los problemas nacionales, así como la difusión de la cultura nacional. Se dará igual importancia a la educación universitaria impartida en Centros Regionales que a la otorgada en la capital.
ARTÍCULO 105. Se reconoce la libertad de cátedra sin otras limitaciones que las que, por razones de orden público, establezca el Estatuto Universitario.
- En
la ley 30 de 2006, que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación
para el mejoramiento de la calidad de la educación Superior Universitaria. En su
artículo 2, donde se encuentran algunas definiciones sobre la educación
superior y la universidad. Y el Decreto Ejecutivo No. 511 del 5 de julio de
2010 por el cual se reglamenta esta Ley
Educación superior. Proceso de educación permanente que se realiza una vez terminada la educación media, y que abarca las modalidades de educación superior universitaria, educación superior no universitaria y postmedia.
Universidad. Institución de educación superior, creada mediante ley o autorizada mediante decreto ejecutivo, que tiene como misión generar, difundir y aplicar conocimientos por medio de la docencia, la investigación, la extensión y la producción, así como formar profesionales idóneos, emprendedores e innovadores y ciudadanos comprometidos con la identidad nacional y el desarrollo humano y sostenible del país.
Universidad oficial. Persona jurídica de derecho público, creada según las normas constitucionales. Universidad particular. Persona jurídica de derecho privado y de interés público, autorizada por el Estado a través del Órgano Ejecutivo.
- En
el Decreto Ejecutivo 50 de 1999, por el cual se reglamenta el funcionamiento de
los centros de enseñanza superior, oficiales y particulares, y se dictan otras
disposiciones.”. en los artículos 1, 2 se puede ver su finalidad y sus
objetivos.
(Artículo
1. Los centros de Enseñanza Superior son modalidades del Tercer Nivel de
Enseñanza o Educación Superior, cuya finalidad es la formación de profesionales
en los distintos campos de la investigación y de la actividad humana, la
extensión científica, técnica y cultural, así como servicios profesionales y de
asesoría para la satisfacción de las necesidades de los egresados del Segundo
Nivel de Enseñanza o Educación Media y de la demanda de recursos humanos.
Artículo 2. Son objetivos de los centros de
Enseñanza Superior los siguientes: 1. Proporcionar formación superior en las
distintas áreas de la ciencia, la tecnología, las artes y las humanidades; 2.
Formar profesionales en áreas específicas del desempeño humano, a corto y
mediano plazo, que les capacite para ingresar en el sector productivo; 3.
Articular la Educación Superior con los diferentes niveles que integran el
Sistema Educativo; 4. Articular la Educación Superior con los diferentes
sectores del sistema productivo y laboral del país; 5. Ofrecer una respuesta a
los egresados del Segundo Nivel de Enseñanza que se enfrentan a la necesidad de
capacitación rápida para desempeñarse en una actividad productiva.)
- En
la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación de Panamá, modificada por el Decreto
Ejecutivo No.305 de 2004 donde se aprobó el Texto Único de la Ley orgánica de
educación. Sección Tercera, Tercer Nivel de Enseñanza o educación superior, en
sus artículos 89, 90, 91, 92.
ARTÍCULO 89 (59): El tercer nivel de enseñanza o educación superior tiene como objeto la formación profesional especializada, la investigación, difusión y profundización de la cultura nacional y universal, para que sus egresados puedan responder a las necesidades del desarrollo integral de la Nación.
ARTÍCULO 90 (60): La educación correspondiente al tercer nivel de enseñanza o educación superior, será impartida en las universidades y centros de enseñanza superior y en los centros de educación postmedia. La creación de universidades, centros de enseñanza superior y centros de educación postmedia, será determinada por las necesidades socioeconómicas, culturales, científicas y profesionales del país, de acuerdo con la planificación integral de la educación.
ARTÍCULO 91 (61): Los estudios que se impartan en los centros de enseñanza superior cumplirán funciones de docencias de la más alta calidad y de amplia cultura general, de modo que permitan la formación de profesionales en los distintos campos de la investigación y de la actividad humana, la extensión científica, técnica y cultural, así como servicios altamente profesionales y de asesoría. Mediante Decreto se establecerá la fundación y reglamentación de estos centros.
ARTÍCULO 92 (62): El Estado proporcionará las facilidades técnicas y los recursos apropiados para propiciar e impulsar la educación superior.
- Decreto Ejecutivo 949 del 28 de octubre de 2011, por el cual se reglamenta el funcionamiento de Universidades e instituciones de Educación Superior a distancia y la implementación de Planes y Programas de Estudio a Distancia.
- Ley No. 52 de 26 de junio de 2015, que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de Panamá, y deroga la Ley 30 de 2006.
- Ley 24 del 11 de julio de 2005, Orgánica de la Universidad de Panamá.
- Decreto Ejecutivo No. 161 del 6 de octubre de 1997, por el cual se crean los Departamentos de la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza Superior, y se establecen sus objetivos y funciones y los requisitos mínimos para ocupar los cargos directivos.
- Ley 34 del 3 de julio de 2002, que promueve la inclusión de nuevas carreras en la clasificación ocupacional de las instituciones del Estado. Y el Decreto Ejecutivo No 488 del 5 de diciembre de 2006 por medio del cual se reglamenta la Ley 34 del 2002.
- Resolución 12 del 20 de mayo de 2013, por la cual se aprueba el proceso de evaluación y acreditación de carreras universitarias de Panamá.
- Resolución 15 del 6 de junio de 2013, reglamento que establece los parámetros a seguir en caso de suspensión temporal o cierre definitivo de una universidad, programa,carrera o sede.
- Resolución N° 104-04-SGP, del 29 de septiembre de 2004, por la cual se reglamenta la promoción, inicio y desarrollo de carreras en las Universidades particulares y se dictan otras medidas.
- Resolución N° 126-04-SGP, del 17 de noviembre de 2004, por la cual se reglamenta el proceso de evaluación y aprobación de planes y programas de estudios de las Universidades particulares y se dictan otras medidas.
- Resuelto No. 1139, de 27 de agosto de 1999, “Por el cual establece la Organización Docente y Administrativa de los Centros de Enseñanza Superior y se establecen otras Disposiciones para su Funcionamiento”.
- Resolución 1 del 1 de diciembre de 2010, por lo cual se aprueban los fundamentos del Modelo de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá y el Proceso de Autoevaluación Institucional Universitaria. (Modificado por la Resolución 1 del 25 de marzo de 2011).
- Resolución 3 del 3 de junio de 2011, por lo cual se desarrolla el Procedimiento Administrativo aplicable a las Universidades Particulares que incumplan requisitos y cometan faltas, conforme a lo establecido en la Ley 30 de 20 de julio de 2006, reglamentada por el Decreto Ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010. (Resolución 3 del 3 de junio de 2011).
- Resolución 5 del 20 de junio de 2011, por la cual se aprueba la guía para solicitar autorización para la creación y funcionamiento de Universidades.
- Resolución 7 del 4 de octubre de 2011, por la cual se aprueba el Proceso de acreditación institucional universidad de Panamá.
- Estatuto Universitario (de cada Universidad, oficiales y particulares individualmente poseen el suyo para regular su ejercicio, derechos y deberes de los administrativos, profesores y estudiantes).
- Reglamento de Fiscalización de las Universidades Particulares.
- Reglamentos internos (por Universidad).
Fundamentos Sociológicos
La sociedad, su cultura, valores, un poco de religión
(católica, por ser mayoría). Todos los cambios que ocurran en la sociedad deberán ser añadidos dentro del estudio en la docencia superior, para que la evolución de la sociedad no esté atrasada en su vida profesional y sea más fácil para el estudiantado poder acoplarse a lo exigido.
La sociedad empañe la educación y merma de tal forma, que estudiante, alumno y centro educativo deben estar acorde al movimiento, evolución de la sociedad. Aunado al hecho que sus propios integrantes (estudiante y docente) llevarán sus aportes al aula de clases según sus experiencias cotidianas y las compartirán con los demás haciendo más enriquecedor el estudio, no solo de teoría sino de elementos prácticos.
Un ejemplo de este fundamento sociológico es la actualización que han tenido las universidades al hacer uso de los métodos tecnológicos y convertir sus recursos en ambientes virtuales.
Fundamentos Epistemológicos
Los Fundamentos Epistemológicos hacen referencias a la visión que se asume sobre la forma en que se produce, se utiliza y se desarrolla el conocimiento para la comprensión del mundo y la transformación del entorno.
En este sentido, se concibe al hombre como ser capaz de percibir, crear y recrear relaciones y de actuar constructivamente. La epistemología en la educación juega un papel importante porque permite lograr avances significativos en los distintos campos del aprendizaje y el conocimiento.
Es una disciplina que estudia cómo se genera y se valida el conocimiento de las ciencias, en ese sentido, podemos establecer de manera más clara aún que la epistemología de lo que se encarga es de abordar la filosofía y el conocimiento a través de la respuesta a diversas preguntas de vital importancia como las siguientes: ¿Qué es el conocimiento?, ¿Cómo llevamos a cabo los seres humanos el razonamiento? o ¿Cómo comprobamos que lo que hemos entendido es verdad?
Por ello, la Educación Panameña:
- Pretende que el individuo tome decisiones con una clara visión
filosófica y científica del mundo.
- Presenta una oferta que se caracteriza por ser progresista,
participativa, pluralista, innovadora y creativa para que llene las
aspiraciones sociales actuales.
- Propone, como eje central del cambio, la búsqueda de la
equidad y la calidad, en el marco de una sociedad democrática
y pluricultural.
- Da relevancia a la búsqueda de los conocimientos que requiere
la comunidad panameña, vistos en forma integral y en el marco
de las dimensiones humanísticas, científicas, tecnológicas y
sociales.
- Enfatiza la investigación para promover el desarrollo del
conocimiento, la innovación y el pensamiento critico, como
resultado de la autonomía en el aprendizaje.
- Concibe el conocimiento como un cuerpo en permanente
desarrollo, revisión y construcción, por lo que se estimula que
el estudiante sea gestor de su propio aprendizaje
Fundamentos Antropológicos
En ella intervienen
factores del fundamento sociológico, individualizándose también en los rasgos y
físicos de cada persona. Muchos de ellos se protegen mediante la Constitución y las Leyes, por ejemplo:
- Para atender las diferencias culturales y el carácter
particular de las regiones se pretende realizar una
descentralización progresiva de las decisiones y funciones
en materia educativa y curricular.
- Al considerar la pluriculturalidad se da especial énfasis a
la atención a las comunidades indígenas, considerando el
derecho de estos a preservar, desarrollar y hacer su
identidad y patrimonio cultural.
- Tener presente la condición histórica de país de tránsito y
las múltiples migraciones que lo han convertido en un país
cosmopolita, pluricultural y multilingüe.
- Se protege la equidad en todos los sentidos (género, raza, religión).
Fundamentos tecnológicos
Avanzar y promover el uso de nuevas herramientas
tecnológicas, que ayuden en el desempeño, a través de uso virtual, por medio de
computadoras e internet, que permiten mayor conocimiento y dispersión
globalizada.